La exención del impuesto sobre la tasa del inmueble se divide en dos posibilidades:
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El 100%; el beneficiario no debe tener más de una propiedad, y sus ingresos familiares no deben superar una jubilación mínima.
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El 50% el beneficiario no debe tener más de una propiedad, y sus ingresos familiares no deben superar dos jubilaciones mínimas.
De no cumplir con los requerimientos anteriores, no obtendrá el beneficio.
Pasos para realizar el trámite
Presentar documentación
Se deberá presentar el último recibo de haberes jubilatorios y fotocopia del DNI.
Completar declaración jurada
Se procesa y analiza cada caso
De ser otorgado el beneficio, se le cominicará y se verá reflejado en el próximo impuesto.